martes, 17 de mayo de 2016

SEGUNDA LIQUIDACIÓN - NO PRESENCIAL

Estimados,

Como ya saben la segunda liquidación será NO PRESENCIAL y se realizará el día miércoles 25 de Mayo. Para poder liquidar deberán sin excepción alguna depositar en nuestra buzonera, que se ubicará fuera de la oficina debidamente identificada, UN sobre que en su exterior incluirá: nº de vendedor y nombre, desde el lunes 23/05 al miércoles 25/05 a las 16hs. Dado que no es presencial cualquier persona puede depositar el sobre en la buzonera sin necesidad de carta poder.

Dentro del sobre deberán incluir: 

- Tickets de depósito y/o comprobantes de transferencias.
- Vouchers emitidos por POS y/o manuales.
- Cierres de lote (si corresponde).
- Planilla de declaración de liquidación (DECLARACIÓN DE LIQUIDACIÓN).
- Planilla de declaración de cambios de modalidades (PLANILLA CAMBIO MODALIDAD).
- Declaración jurada del sorteo extra.

De incluir cualquier otra información que la Comisión considere incompleta o innecesaria no será considerada en la liquidación. 

CALENDARIO

22 de Mayo - Último día para completar datos en ORBIS y ventas con tarjetas.
24 de Mayo - (Hasta 16hs) Depositos por buzonera o traspasos a nuestra cuenta.
25 de Mayo - (Hasta 16hs) Despósito de sobres para 2da Liquidación NO PRESENCIAL.

ACLARACIONES VARIAS

- Podrán realizar el depósito hasta el día martes 24 de mayo a las 16hs. de lo contrario será sancionado con un talón de rifa.
- Aceptaremos un máximo de dos depósitos/transferencias por vendedor.
- Deberán incluir en el voucher de venta con POS el nº de rifa al que corresponde, en vouchers manuales nº de vendedor y nº rifa.
- El no depositar el sobre en la buzonera en tiempo y forma, se considerará al vendedor como no liquidado, correspondiéndole una multa equivalente a dos talones de rifa.
- La falta de información solicitada a incluir en el sobre, será sancionada con un talón de rifa.
- No incluir el nº de vendedor en el depósito llevará un talón de multa.
- La entrega de un talón en malas condiciones o la no presentación del comprobante de depósito o traspaso será sancionado con un talón de rifa.
- El rebote del voucher por parte de la entidad financiera que tenga como motivo el llenado incorrecto generará una multa equivalente a un talón de rifa por voucher.
- Quienes realicen ventas con tarjeta posterior a la fecha límite tendrán una multa de un talón de rifa.
- Si se constatan rifas vendidas en modalidades no autorizadas o montos equivocados en ventas con tarjetas serán sancionados con un talón de rifa.
- En el caso de declarar erróneamente en orbis la modalidad serán sancionados con un talón.

Para saber los cambios de modalidades autorizados deberán dirigirse a la publicación correspondiente del blog (MODALIDADES SEGUNDO SORTEO).

RECORDAR!

Podrán solicitar las autorizaciones telefónicas a partir del día de hoy.

Las ventas con OCA quedan restringidas.
Master y Cabal se realizan mediante voucher manual de la financiera.
Visa utilizando la planilla adjunta (Voucher VISA).

Los estados de cuenta serán enviados a sus direcciones de email.

La no aclaración de una sanción en esta entrada no exime al vendedor en caso de que la comisión considere una multa que esté amparada por el reglamento. 


Por consultas se pueden dirigir a través del email: finanzas.gen11@gmail.com

Saludos
Comisión Finanzas

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